La Superintendencia del Medio Ambiente formuló cargos contra 11 establecimientos de la ciudad de Valdivia por incumplir el Plan de Descontaminación Atmosférica de la zona, que prohíbe entre otras medidas, el uso de calefactores que no cuenten con la debida certificación de acuerdo con la norma de emisión de calefactores, esto es el DS 39/2011.
Los establecimientos que se les ha iniciado el respectivo proceso sancionatorio son: Hotel Villa del Río; Hotel Diego de Almagro; Approach; Guata Amarilla; Libros Araucaria; Cappuccino Companny; Medieval; Puerto Canelos; Tierra Norteña; Asenav y Capreva.
“Siete de estos procedimientos sancionatorios tiene que ver con el no cumplimiento de la Norma de Emisión para artefactos en el comercio, y cuatro de ellos por no cumplir la restricción que establece la Gestión de Episodios Críticos (GES) que rige para el Plan de Descontaminación Atmosférica para Valdivia, es decir, la paralización o el apagado de las calderas, ya sea de calefacción o de índole industrial entre las 18 y 06 horas para episodios de preemergencia y emergencia”, afirmó Eduardo Rodríguez, jefe de la Oficina Regional SMA de Los Ríos.
Por su parte, el seremi del Medio Ambiente de Los Ríos, Daniel Del Campo enfatizó que “en el contexto de la pandemia que estamos viviendo como país y planeta, mantener una buena calidad del aire se hace más importante que nunca, ya que la contaminación atmosférica genera graves efectos sobre la salud de las personas, especialmente enfermedades cardiovasculares y respiratorias. Es por ello, que la Superintendencia del Medio Ambiente ha reforzado sus labores de fiscalización en el marco de los Planes de Descontaminación Atmosférica, y más aún, en la Gestión de Episodios Críticos”.
Las infracciones detectadas fueron clasificadas como leves, por lo que las empresas podrían ser objeto de una amonestación por escrito o una multa de hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
Así, los infractores que reciban una formulación de cargos en este periodo pueden optar por presentar un Programa de Cumplimiento en un plazo de 10 días hábiles, para lo cual la SMA construyó una “Guía para la presentación de Programas de Cumplimiento”, y con ello el infractor comprometer acciones, las que son fiscalizadas rigurosamente por la SMA, y en el caso de no cumplirse se arriesgan hasta el doble de la multa original. También pueden optar por presentar descargos y para ello tienen un plazo de 15 días.
“La Superintendencia del Medio Ambiente no busca aplicar multas, no es su objetivo, sin embargo, es necesario que las medidas establecidas en el Plan de Descontaminación de Valdivia se cumplan, por todos, con mayor razón ahora que estamos sometidos a más factores de riesgo con la condición sanitaria. Además, se están cumpliendo los plazos fijados en el PDA que establecen límites de emisiones, como material particulado, lo que también será controlado”, enfatizó Rodríguez.
Por último, es importante recordar que la restricción para el periodo de Gestión de Episodios Críticos (GEC) rige desde abril hasta el mes de septiembre de cada año.
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